¿CUALES SON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO COLOMBIANO?
CORPORACIONES FINANCIERAS
Las corporaciones
financieras aparecieron por primera vez en Colombia en 1957 como resultado de
un esfuerzo combinado entre la ANDI (Asociación Nacional de Industriales) y la
Asociación Bancaria, para lograr el establecimiento de instituciones
crediticias que pudieran canalizar recursos internos y externos hacia la
financiación del sector industrial, con operaciones a largo plazo y además
sirviera para promover, crear, transformar y organizar empresas.
El decreto 336 de 1957 autorizó
la creación de sociedades denominadas corporaciones financieras y definió su
objeto social. El decreto 605 de 1958 reglamentó su funcionamiento y fijó una
serie de limitantes para el otorgamiento del crédito. Posteriormente el
Decreto- Ley 2369 de 1960 reestructuró su radio de acción y más acorde con su
objeto social. En 1980, se expidieron los Decretos 2461 y 3277, que
redefinieron su objetivo y acomodaron a las corporaciones financieras como
verdaderos bancos de inversión. En 1987 se expidió el Decreto 2041, el cual
amplió considerablemente la capacidad de realizar operaciones .
Nuevamente en 1993 con el Decreto
663 actual Estatuto Orgánico del sistema financiero, se amplía su radio de
acción y se define a las corporaciones como establecimientos de crédito cuyo
objetivo fundamental es la movilización de recursos y asignación de capital
para promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión
de cualquier tipo de empresas, como también participar en su capital y promover
la participación de terceros, otorgarles financiación y ofrecerles servicios
financieros especializados que contribuyan a su desarrollo.
BANCOS
Institución que realiza labores
de intermediación financiera, recibiendo dinero de unos agentes económicos
(depósitos ), para darlo en préstamo a otros agentes económicos ( créditos )
.La ley define las operaciones que puede realizar un banco y prohibe el uso de
esta denominación a otras instituciones o empresas.
COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL
La aparición de la compañías de
financiamiento comercial en nuestro medio fue el fruto de la serie de normas
aparecidas en la década del 70 para frenar la proliferación del mercado
extrabancario; surgió entonces esta modalidad de intermediario financiero cuya
función principal consiste en captar ahorro a término y dedicarlo a
financiaciones a corto y mediano plazo para facilitarla comercialización de
bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o
leasing. Deben de estar constituidas como sociedades anónimas y están sometidas
al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
COMPAÑÍAS DE SEGUROS
Estas entidades son instituciones
financieras especializadas en asumir riesgos de terceros mediante la expedición
de pólizas de seguros. Son entidades sujetas al control y vigilancia de la
Superintendencia Bancaria y deben estar constituidas como sociedades anónimas.
En Colombia existen dos tipo de
compañías de seguros: las generales y las de vida. Las compañías de seguros de
vida se especializan en cubrir, mediante la expedición de pólizas los riesgos
de muerte, en forma individual o colectiva, accidentes personales,
hospitalización y cirugía, etc. Las compañías de seguros generales por su
parte, buscan mediante la expedición de pólizas cubrir los riesgos de robo,
hurto, daños, transporte de mercancías, protección contra incendios,
terremotos, lucrocesante, manejo y cumplimiento y todas aquellas actividades
para las cuales se les haya autorizado a expedir pólizas.
COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO
COMERCIAL ESPECIALIZADAS EN LEASING
El Leasing o arrendamiento
financiero, es una actividad conocida desde hace muchos años en Colombia y en
varios países del mundo. A través de este producto financiero, los diferentes
sectores económicos pudieron adelantar los procesos de modernización, con la
incorporación de tecnologías y maquinarias fundamentales para elevar los
índices de productividad que garantizarán la mayor competitividad que trajo la
liberación de los mercados. Según las disposiciones vigentes, se entiende por
operación de arrendamiento financiero la entrega a título de arrendamiento de
bienes adquiridos para el efecto, financiando su uso y goce a cambio del pago
de cánones que se recibirán durante un plazo determinado, pactándose para el
arrendatario la facultad de ejercer al final del período una opción de compra.
En consecuencia, el bien deberá de ser propiedad de la compañía arrendadora,
derecho de dominio que conservará hasta tanto el arrendatario ejerza la opción
de compra.
FIDUCIARIAS
Las sociedades fiduciarias son
sociedades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas,
sujetas a inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Bancaria.
Reciben mandatos de confianza, los cuales desarrollan con el objeto de cumplir
una finalidad específica, siendo, a la vez, asesoras de sus clientes.
SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA
Como una de las decisiones de
política económica más trascendentales de la segunda mitad del siglo XX en
Colombia se considera, por los expertos, la reforma laboral y de la seguridad
social, consignada en la Ley 100 de 1993 y sus posteriores modificaciones. Con
la Ley 100 de 1993, el sistema pensional con el cual se venía trabajando se
liberalizó, dándole participación al sector privado y por ende, desmontando el
monopolio que hasta entonces tenía en este campo el Instituto de Seguros
Sociales ( ISS ). De esta forma, se adoptó el sistema general de pensiones,
integrado por dos regímenes claramente diferenciados en cuanto a su
administración, fundamentos financieros y monto de los beneficios, entre muchos
otros aspectos. Mediante la Resolución 275 de 2001, modificada por las
Resoluciones 598 y 625 de 2001, se estableció que los recursos de los fondos de
pensiones solo pueden destinarse a adquirir valores emitidos por personas
jurídicas que hayan adoptado un código de buen gobierno y hayan adecuado sus
estatutos a las Resoluciones mencionadas. Se exceptuó de esta obligación a la
Nación.
BOLSAS
DE VALORES
Son los clásicos intermediarios
de capitales, pues su objeto básico consiste en poner en contacto oferentes y
demandantes de títulos representativos de valores, mediante la intervención de
personas autorizadas para ello, que hacen las veces de representantes de los
oferentes y demandantes (Comisionistas de Bolsa) y convienen reuniones públicas
( ruedas ) el precio de los títulos, objeto de la transacción .
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